lunes, 30 de julio de 2007

LOS ACTOS DEL COMERCIO


Relación Comercial

Es el acto emprendido por el comerciante que siempre busca la obtención de un beneficio.

Sujeto: El Comerciante
Objeto: La actividad Comercial
Causa: La Actividad Comercial

Productor - mediador - consumidor - negocio jurídico
(Cambio de un bien por otro)

Intención de obtener un lucro (Cambio de un bien por otro, prestacion de servicio).

Acto de comercio

Es aquel realizado, mediante la interposición o la producción en el cambio de bienes o servicios, determinando la circulación de las riquezas y produciéndose generalmente una especulación con dicha actividad, y así mismo aquellos que dicha actividad se originan (Barboza. Ely Saúl).

Clasificación de los Actos de Comercio

a) Actos de Comercio en Sentido Absoluto: Son aquellos cuya naturaleza comercial está implícita al acto mismo.


b) Actos de Comercio en Sentido Relativo: Dentro de este grupo de actos se distinguen las siguientes categorías:

-Atendiendo a la intención de las partes: por ejemplo, la compra, permuta o arrendamiento de cosas muebles, hechas con ánimos de revenderlas, arrendarlas o subarrendarlas en la misma forma o en otra distinta.

-Atendiendo a la causa que lo determina: por ejemplo, la comisión y el mandato comercial.

-Atendiendo al sujeto que le imprime el carácter comercial.


En resumen de ideas se presenta que:


-La noción de acto de comercio tiene una caracterización de tipo jurídico.

-La enumeración del Art. 2 C. de Co. es enunciativa. (criterio jurisprudencial)

-Los actos de comercio objetivos se utilizan como criterios unitarios para distinguir un acto civil de un acto mercantil.









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