miércoles, 15 de agosto de 2007

LOS CONTRATOS EN SOCIEDAD



Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L)



“La compañía de responsabilidad limitada, en la cual las obligaciones están garantizadas por un capital determinado, dividido en cuotas de participación, las cuales no podrán estar representadas en ningún caso por acciones o títulos negociables” (Art. 201 Co. De Co.)
Caracteristicas
-Este tipo de sociedad siempre tendrá carácter mercantil (Art. 200 Co. De Co.)
-Tendrá su propia personalidad jurídica.
-La responsabilidad de los socios es limitada (Art. 201 Co. De Co.)
-Capital social limitado, por cuanto no pueden constituirse con un monto menor a Bs. 20.000, ni mayor a los Bs. 2.000.000 (Art. 315 Co. De Co.)

Responsabilidad Jurídica

La responsabilidad de los socios se limitará al monto de sus respectivos aportes establecido en el contrato de sociedad; es decir, el socio responde solamente hasta por el monto de sus cuotas de participación. Debe entenderse por cuota de participación: la participación de crédito en contraposición a la acción de la compañía anónima y forma parte del patrimonio social aportado y su cualidad de propietario de esta participación lo vincula a la sociedad. En cuanto a los

En cuanto alos socios, esta determinada por la posesión y desembolso de al menos una cuota de participacion y el capital social depende de la voluntad de las partes.


Compañía o Sociedades Anónimas





Origen: Tuvo su origen en las sociedades coloniales de los siglos XVII y XVIII, cuya manifestación bastante parecida a las modernas, se observó en las compañías indias orientales, creada en Holanda, y la Real Compañía Guipuzcoana de Caracas, recibiendo posteriormente, la Compañía Anónima su definitivo tratamiento legal, en el Código de Comercio Francés de 1807.

Definicion: Constituida por dos o mas personas, tiene persona juridica propia el capital esta dividido por acciones o titulos de valores, los socios responden hasta por el monto de las acciones suscritas la uerte de los socios no afectan el desarrollo de la empresa.



Caracteristicas
1.Personalidad Jurica:
Propia y completamente distinta de las de sus dueños.
2.La Responsabilidad: De cada socio se limitara por el monto del capital aportado por cada uno.
3.Su Capital: Esta representado por acciones.
4.Las Acciones: Pueden ser negociables.
5.Es Obligatorio: La inscripción en el Registro de Comercio.
6.Procedimiento Constitutivo: Instantánea y Sucesiva.
7.Su Vida: Puede ser prorrogable por decisión de la asamblea.
8.Tienen Carácter: Mercantil.
9.Los Administradores: Responden por la ejecución de mandato y las obligaciones que la Ley les impone.
10.Designación: Obligatoria de los Comisarios.
11.Están Se Rigen Por: 1. Acta constitutiva y por sus estatutos, 2.Código de Comercio y 3. Las disposiciones del Código Civil.
12.No Lleva Nombres


Sociedades en Comandita

La compañía en comandita, en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de uno o más socios, llamados socios solidarios o comanditantes y por la responsabilidad limitada a una suma determinada de uno o más socios, llamados comanditarios, el capital de los comanditarios puede estar dividido en acciones.

Esta integrado por:

-El Comanditante: que es el que aporta sus servicios sin adquirir la condición de trabajador.
-El Comanditario: es un socio capitalista que aporta el numerario o las especies, de acuerdo con la convención celebrada al efecto.

Los tipos son:
-Comandita simple: Es donde el capital de lo socios comanditarios esta representados por títulos de participación, generalmente no transferibles sin el consentimientos de los socios comanditantes.
-Comandita por acciones: En las cuales el capital de los socios comanditarios está representado por acciones y el capital de los socios comanditantes sigue representado por títulos de participación.

Las acciones: pueden estar representadas por medio de titulos nominativos o al portador o por medio de anotaciones en cuentas y estaran enumerados de acuerdo al orden correlativo.
Cabe destacar que, la importancia de dicha sociedad ha disminuido en los tiempos modernos ante la sociedad de responsabilidad limitada y la sociedad anónima.

Sociedad: “Las compañías o sociedades de comercio son aquellas que tienen por objeto uno o más actos de comercio”.(Art. 200 del Código de Comercio.)

El Contrato de Sociedad: Según el Artículo 1.649 del Código Civil Venezolano, la sociedad es un contrato por el cual dos o más personas convienen en contribuir cada una con la propiedad o el uso de la cosas, o con su propia industria a la realización de un bien económico común, entre sus caracteristicas tenemos que es Consensual, Oneroso, Conmutativo, Aleatorio, De ejecución sucesiva.
Según en el Artículo 201 del Código de Comercio las podemos clasificar en:
1.Sociedades en nombre colectivo.
2.Sociedades en comandita.
3.Sociedades de Responsabilidad Limitada.
4.Sociedades Anónimas.

Elementos integrados en el contrato:
1.Consentimiento de las partes
2.Aportes
3.Derecho a dividirse las utilidades de las operacionesde la sociedad
Objeto de los contratos de sociedad, debe ser posible,licito,determinado o determinable.
Fuente: (Co de Co, C.C.V, Web del Profesor Frank Rivas, Exposiciones en clase)

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